BIENVENIDOS AL MAGO DEL CALZADO
viernes, 28 de agosto de 2015
MISIÓN
Fabrica EL MAGO DEL CALZADO S.A.S es una organización íntegramente colombiana, cuya finalidad es el diseño y fabricación del calzado formal. Constantemente buscando la satisfacción de nuestros clientes mediante la continua innovación en el proceso de fabricación; trabajando acorde con el medio ambiente y la sociedad.
1. ¿Quiénes somos?
Una empresa industrial, encargada de la elaboración de calzado formal
2. ¿Qué buscamos?
2. ¿Qué buscamos?
Diseñar y fabricar calzado formal, de buena calidad e innovación
3. ¿Qué hacemos?
Fabricamos calzado formal para damas y caballeros entre los 20 y 60 años de edad
4. ¿Dónde lo hacemos?
4. ¿Dónde lo hacemos?
En la actualidad solo tenemos un punto de fabricación ubicado en la ciudad de
Bogotá
5. ¿Por qué lo hacemos?
Para impulsarnos en el sector del calzado como una de las mejores empresas a nivel nacional, usando materiales de excelente calidad y que contribuya al medio ambiente
6. ¿Para quién trabajamos?
Fabricamos calzado formal para damas y caballeros entre los 20 y 60 años de edad
VISIÓN
1. ¿Que tratamos de conseguir?
Ser la empresa de calzado formal de Colombia más importante del país, alcanzar el éxito y cubrir mercados a nivel nacional e internacional.
2. ¿Cuáles son nuestros valores?
2. ¿Cuáles son nuestros valores?
La persistencia para superar los obstáculos y alcanza las metas propuestas. Honestidad con nuestros clientes a la hora de vender el producto y en la elaboración.
Trabajo en equipo para estar unidos y tener un eficiente rendimiento laboral y una sana convivencia entre empleados
3. ¿Cómo produciremos resultados?
Con una excelente calidad e innovación en nuestro calzado, será reconocida por nuestros clientes a nivel nacional.
4. ¿Cómo nos enfrentamos al cambio?
Con un excelente trabajo de equipo nos enfrentaremos a cualquier cambio o adversidad, y teniendo clara una meta siempre alcanzaremos el éxito de esta misma.
MATRIZ DOFA
FORTALEZAS
·Los
materiales de nuestros productos son 100% nacionales
·Trabajamos
con materiales de altos estándares de calidad
·Personal
altamente calificado
· Excelente
servicio al cliente
|
OPORTUNIDADES
·Crecimiento
del negocio (nuevas sucursales )
· Aumentar
la venta de los productos
· Innovación
en los procesos de fabricación de nuestros productos
|
DEBILIDADES
·Nuestra
marca no es reconocida a nivel nacional
·No
hay sucursales y solo existe un punto de venta
·Poco
desarrollo en el marketing y publicidad de la empresa
· Competencia
contra los precios de mercados extranjeros
|
AMENAZAS
·Competencia
contra empresas ya reconocidas a nivel nacional
·Los
clientes no conozcan acerca de nuestros productos
·Costos
elevados de los materiales
|
domingo, 9 de agosto de 2015
ESCRITURA DE CONSTITUCIÓN DE EL MAGO DEL CALZADO S.A.S.
ESCRITURA DE CONSTITUCIÓN DE EL MAGO DEL CALZADO S.A.S.
______________________________________________________________________
En
la ciudad de BOGOTÁ D.C,
Departamento de CUNDINAMARCA,
República de Colombia, el 1 de agosto del año 2015, DIANA KATHERINE GÓMEZ RODRÍGUEZ , mayor de edad, identificada con
Cedula de Ciudadanía número 99.060.200
expedida en BOGOTÁ , de estado civil
soltera domiciliada en la ciudad de BOGOTÁ en la dirección CARRERA 98ª # 115ª – 80 , quien para todos los efectos se
denominará la constituyente, mediante el presente escrito manifestó mi voluntad de constituir una Sociedad por
Acciones Simplificada, que se regulará conforme lo establecido en la ley y en
los siguientes estatutos: ARTÍCULO
PRIMERO TIPO O ESPECIE DE SOCIEDAD QUE SE CONSTITUYE La sociedad que se
constituye por medio de este documento es por acciones, del tipo Sociedad por
Acciones Simplificada, esta se regirá por las disposiciones contenidas en los
presentes estatutos, por las normas que de manera especial regulan esta especie
de compañía en Código de Comercio y por las generales que en la anterior
normativa rigen para las sociedades, teniendo en cuenta que tanto las
especiales como las generales sean compatibles con su calidad de una Sociedad
por Acciones Simplificada. ARTÍCULO
SEGUNDO DOMICILIO SOCIAL La compañía tendrá como domicilio principal la
ciudad de BOGOTÁ D.C, pero podrá abrir sucursales o agencias en cualquier parte
del territorio nacional, para lo cual se procederá como aparece previsto en las
normas legales. ARTÍCULO TERCERO NOMBRE
DE LA SOCIEDAD La sociedad actuará bajo la denominación social ELMAGO DEL CALZADO S.A.S.; ARTÍCULO CUARTO TÉRMINO DE DURACIÓN
La sociedad tendrá un término de duración INDEFINIDO, pero podrá disolverse
anticipadamente cuando sus accionistas así lo decidan. ARTÍCULO QUINTO OBJETO SOCIAL La sociedad tendrá por objeto, el
desarrollo de las siguientes actividades: A) Diseño, Producción y venta de
calzado formal. B) Cualquier actividad comercial o civil de forma lícita y
todas las demás inherentes al desarrollo del objeto social. ARTÍCULO SEXTO CAPITAL AUTORIZADO, SUSCRITO
Y PAGADO El capital autorizado de la sociedad está expresado en PESOS y es
de CINCUENTA MILLONES ($50'000,000). Parágrafo.- El capital suscrito podrá
aumentarse por cualquiera de los medios que admite la Ley, igualmente, podrá
disminuirse con sujeción a los requisitos que la Ley señala, en virtud de la
correspondiente reforma estatutaria, aprobada por sus accionistas e inscrita en
el registro mercantil:
ACCIONISTA
|
Capital
|
%
|
DIANA
KATHERINE GÓMEZ RODRÍGUEZ
|
50´000´000
|
100%
|
ARTÍCULO SEPTIMO
CARACTERÍSTICAS DE LAS ACCIONES
Las acciones de la sociedad en que se halla dividido su capital son de
clase:
Acción
ordinaria
ARTÍCULO OCTAVO TÍTULOS DE
LAS ACCIONES A cada uno
de los accionistas se le expedirá un solo título representativo de sus
acciones, a menos que prefieran tener varios por diferentes cantidades
parciales del total que le pertenezca. El contenido y las características de
los títulos se sujetarán a lo preceptuado en las normas legales
correspondientes. Mientras el valor de las acciones no hubiere sido pagado
totalmente, la sociedad sólo podrá expedir certificados provisionales. Para
hacer una nueva inscripción y expedir el título al adquirente, será menester la
previa cancelación de los títulos del tradente. ARTÍCULO NOVENO LIBRO DE REGISTRO DE ACCIONES La sociedad llevará
un libro de registro de acciones, previamente registrado en la cámara de
comercio correspondiente al domicilio principal de la sociedad, en el cual se
anotará el nombre de cada accionista, la cantidad de acciones de su propiedad,
el título o títulos con sus respectivos números y fechas de inscripción, las
enajenaciones y traspasos, las prendas, usufructos, embargos y demandas
judiciales, así como cualquier otro acto sujeto a inscripción según aparezca
ordenado en la Ley. ARTÍCULO DECIMO
EMISIÓN DE ACCIONES Corresponde a los accionistas decidir sobre la emisión
de acciones de que disponga la sociedad y que se encuentren en la reserva. ARTÍCULO DECIMO PRIMERO REGLAMENTO DE
EMISIÓN DE ACCIONES Corresponde a los accionistas constituyentes expedir el
reglamento aplicable a la suscripción de las acciones reservadas, ordinarias y
de capital emitidas por la sociedad. ARTÍCULO
DECIMO SEGUNDO GERENCIA La representación legal de la sociedad y la gestión
de los negocios sociales estarán a cargo de un GERENTE, a su vez la sociedad podrá
nombrar un SUBGERENTE, quien reemplazará al gerente en sus ausencias temporales
y absolutas contando con las mismas atribuciones que el gerente cuando éste
entre a reemplazarlo. ARTÍCULO DECIMO
TERCERO FACULTADES DEL GERENTE El gerente está facultado para ejecutar, a
nombre de la sociedad, todos los actos y contratos relacionados directamente
con el objeto de la sociedad, sin límite de cuantía. Serán funciones
específicas del cargo, las siguientes: a) Constituir, para propósitos
concretos, los apoderados especiales que considere necesarios para representar
judicial o extrajudicialmente a la sociedad. b) Cuidar de la recaudación e
inversión de los fondos sociales. c) Organizar adecuadamente los sistemas
requeridos para la contabilización, pagos y demás operaciones de la sociedad.
d) Velar por el cumplimiento oportuno de todas las obligaciones de la sociedad
en materia impositiva. e) Certificar conjuntamente con el contador de la
compañía los estados financieros en el caso de ser dicha certificación exigida
por las normas legales. f) Designar las personas que van a prestar servicios a
la sociedad y para el efecto celebrar los contratos que de acuerdo a las
circunstancias sean convenientes; además, fijará las remuneraciones
correspondientes, dentro de los límites establecidos en el presupuesto anual de
ingresos y egresos. g) Celebrar los actos y contratos comprendidos en el objeto
social de la compañía y necesarios para que esta desarrolle plenamente los
fines para los cuales ha sido constituida. h) Cumplir las demás funciones que
le correspondan según lo previsto en las normas legales y en estos estatutos.
Parágrafo.- El gerente queda facultado para celebrar actos y contratos, en
desarrollo del objeto de la sociedad, con entidades públicas, privadas y mixtas.
ARTÍCULO DECIMO CUARTO RESERVAS La
sociedad constituirá una reserva legal que ascenderá por lo menos al cincuenta
por ciento (50%) del capital suscrito y se formará con el diez por ciento (10%)
de las utilidades líquidas de cada ejercicio. Los accionistas podrán decidir,
además, la constitución de reservas voluntarias, siempre que las mismas sean
necesarias y convenientes para compañía, tengan una destinación específica y
cumplan las demás exigencias legales. ARTÍCULO
DECIMO QUINTO UTILIDADES No habrá lugar a la distribución de utilidades
sino con base en los estados financieros de fin de ejercicio, aprobados por sus
accionistas, aprobación que se presume por el hecho de la certificación
mientras ocupe el cargo de gerente. Tampoco podrán distribuirse utilidades
mientras no se hayan enjugado las pérdidas de ejercicios anteriores que afecten
el capital, entendiéndose que las pérdidas afectan el capital cuando a
consecuencia de las mismas se reduzca el patrimonio neto por debajo del monto
del capital suscrito. Las utilidades de cada ejercicio social, establecidas
conforme a los estados financieros aprobados con los que estén de acuerdo sus
accionistas, se distribuirán con arreglo a las disposiciones siguientes y a lo
que
Prescriban
las normas legales. 1.- El diez por ciento (10%) de las utilidades líquidas
después de impuestos se llevará a la reserva legal, hasta concurrencia del
cincuenta por ciento (50%), por lo menos, del capital suscrito. Una vez se haya
alcanzado este límite quedará a decisión de los accionistas continuar con el
incremento de la reserva, pero si disminuyere será obligatorio apropiar el diez
por ciento (10%) de las utilidades líquidas hasta cuando dicha reserva llegue
nuevamente al límite fijado. 2.- Efectuada la apropiación para la reserva legal
se harán las apropiaciones para las demás reservas que, con los requisitos
exigidos en la Ley, decidan sus accionistas. Estas reservas tendrán destinación
específica y clara, serán obligatorias para el ejercicio en el cual se hagan, y
el cambio de destinación o su distribución posterior sólo podrán autorizarse
por los accionistas. 3.- Si hubiere pérdidas de ejercicios anteriores, no
enjugadas que afecten el capital, las utilidades se aplicarán a la cancelación
de tales pérdidas antes de cualquier apropiación para reservas legal,
voluntarias u ocasionales. 4.- Las apropiaciones para la creación o incremento
de reservas voluntarias u ocasionales, deberán ser aprobadas por sus
accionistas. 5.- El remanente de las utilidades, después de efectuadas las apropiaciones
para reserva legal y para reservas voluntarias u ocasionales, se destinarán al
pago del dividendo de cada accionista. ARTÍCULO
DECIMO SEXTO DISOLUCIÓN DE LA SOCIEDAD La sociedad se disolverá por
decisión de sus accionistas o cuando se presente alguna de las causales
previstas en la Ley y compatibles con la Sociedad por Acciones Simplificada
constituida por medio de este documento. La disolución, de acuerdo a causal
presentada, podrá evitarse con sometimiento a lo prescrito en la normativa
comercial para el efecto. ARTÍCULO DECIMO
SEPTIMO LIQUIDADOR El liquidador y su suplente serán designados por los
accionistas y esta designación, una vez ellos manifiesten la aceptación, se
llevará a cabo su inscripción en el registro mercantil. ARTÍCULO DECIMO OCTAVO PROCESO DE LIQUIDACIÓN Cuando se trate del
denominado proceso de liquidación privada o voluntaria, se seguirán las normas
que aparecen en los artículos 218 y siguientes del Código de Comercio. ARTÍCULO DECIMO NOVENO TRANSITORIO -
NOMBRAMIENTOS El cargo de GERENTE
será ocupado por, DIANA KATHERINE GOMEZ
RODRIGUEZ, identificada con Cedula
de Ciudadanía número 99.060.200 de BOGOTA.
ARTÍCULO VIGESIMO DECLARACIÓN DEL SOCIO
CONSTITUYENTE. El constituyente de la sociedad EL MAGO DEL CALZADO S.A.S., identificado así: DIANA KATHERINE GOMEZ
RODRIGUEZ, identificado con Cedula de Ciudadanía número 99.060.200 de BOGOTA y; declara que la sociedad constituida por
medio de este documento privado, reúne los requisitos exigidos por la Ley.
En constancia
firma:
DIANA KATHERINE
GOMEZ RODRIGUEZ C.C. 99.060.200 expedida en
BOGOTA D.C
lunes, 27 de julio de 2015
LOGO
IDENTIDAD
Diseñamos este logo para dar a conocer la calidad del tipo de calzado que manejamos en nuestra empresa,y así mismo lograr que las personas identifiquen nuestra empresa por el tipo de logo que manejamos que ademas de llevar una imagen tiene una tipografía especial.
CONSTRUCCIÓN DEL LOGO
Diseñamos un mago el cual tiene una varita mágica en su mano y hace aparecer el nombre de la empresa.El icono lleva tres colores diferentes , el azul petroleo para el traje y el sombrero del mago,blanco para la barba,ojos y bigote , color piel para las manos y la cara del mago.
para la tipografía usamos un tamaño de la 14 cursiva de color negro para resaltar el nombre de la empresa y sea llamativa a los ojos del cliente.
ACTIVIDAD ECONÓMICA
La actividad económica de la empresa es industrial , encargada del diseño y fabricación del calzado formal para dama y caballero.
BOOM EMPRESARIAL
domingo, 26 de julio de 2015
MERCADO META
UBICACIÓN GEOGRÁFICA
El país donde sera ofrecido nuestro calzado es Colombia, la ciudad elegida es Bogotá donde se centra el comercio del país y tiene mas facilidad la venta del producto.
EDAD Y SEXO
Nuestro producto va dirigido a hombres y mujeres que oscilan entre 20 y 60 años.
NIVEL SOCIO ECONÓMICO
Nuestro producto sera ofrecido al nivel socio económico medio alto (C+)
ESTILO DE VIDA
Nuestro objetivo como empresa es posicionar nuestra marca para ser reconocido en el grupo socioeconomico medio alto, que tienen posibilidades de adquirir el producto fácilmente.
MATRIZ BOSTON , ELABORACIÓN DEL PRODUCTO Y ENCUESTA
PRODUCTO ESTRELLA
PRODUCTO VACA LECHERA
Nuestro producto vaca lechera es el tacón señorial el cual se caracteriza por tener un tacón de 4 centímetros triangular muy cómodo y la punta totalmente cerrada; Según el gusto de las clientes trae diversas decoraciones o detalles en el zapato.
PRODUCTO PERRO
Nuestro producto perro es un botín masculino totalmente hecho de cuero con cremallera y y tacón cuadrado de 2 centímetros de alto.
PRODUCTO HUESO
Nuestro producto hueso son los zapatos para hombre de charol terminados en punta, con tacón y adorno lateral.
ELABORACIÓN DE LOS PRODUCTOS
1. Compra de materiales: En el momento que se adquieren los pedidos del cliente se compra la materia prima que se utilizará en la producción
2.Diseño-corte: se comienza a diseñar los moldes para luego ser cortados
3. Guarnición (Armar el corte ): teniendo todas las partes cortadas,el siguiente paso es unir todas las piezas delicadamente para que todo vaya quedando unido de forma adecuada y agregar los diferentes adornos
4.Montador(Montan el zapato con el molde): una vez que se tengan todas las piezas unidas, se continúa el proceso montando eso en un molde para así darle forma al zapato
5. Soleteo(Pega las sueles y tacones ):en esta parte se pegan las suelas y tacones con colbon blanco y se deja secar por 15 minutos
6. Limpieza con marquilla, empaque y adornos : se limpia el producto , se rectifica que todo allá quedado bien pegado y se le agregan los adornos y marquillas
ENCUESTA
1. ¿Cuántos pares de zapatos formales compra al año?
a. De 0 a 2
b. De 3 a 4
c. De 5 a 7
d. 8 o más
De acuerdo con las 50 personas encuestadas se puede determinar que 20 personas compran anualmente entre 5 a 7 pares de zapatos formales, lo que indica que la demanda de calzado formal en esta zona de la ciudad es alta y esto es un factor favorable para la venta de nuestro producto.
2. ¿A la hora de comprar, valora que la marca proteja el medio ambiente?
a. Mucho
b. Algo
c. Poco
d. Nada
De acuerdo con las 50 personas encuestadas se puede determinar que para 28 personas les es indiferente si el calzado contamina el ambiente, llegamos a la conclusión de que nuestra clientela debe conocer los riesgos de comprar zapatos que contaminen el medio ambiente y qué hacer ante estos casos.
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